Clara Scherer
Licenciada en pedagogía
y especialista en estudios de género
claschca@hotmail.com
Excélsior
La población mexicana, mujeres y hombres, ha cambiado. Eso es una buena noticia, aunque hay que considerar que un cambio puede ser tanto positivo como negativo. Y, en este caso, es muy positivo.
¿Por qué lo considero así? Porque deja claro que la discriminación hacia las mujeres ha ido disminuyendo. Es un cambio que nos ha costado dos siglos, si contamos sólo a partir del momento en que México emerge como nación independiente.
En aquellos años, cuando la sociedad no encontraba cómo gobernarse y pasábamos de triunviratos a imperios, con periodos cortos de república desordenada, fueron días y años en los que, consistentemente, las mujeres exigieron sus derechos políticos. Testimonio de ese afán es una carta firmada por mujeres de Zacatecas, de 1821 (Portugal, 2003) o aquella de Rafaela Varela, extraviada muchos años y aparecida, como por arte de magia, en una venta de garaje en Austin, Texas.
Y para tristeza de quienes piensan que el trabajo de la educación debe ser “humanizar” a los humanos (es decir, respetar siempre la dignidad de las personas), nos tardamos mucho en que a la mitad de la población mexicana la consideráramos digna de tomar parte en los debates públicos y hacerse cargo de tomar decisiones. En 1953, por presiones de diversa índole, el Congreso acepta que las mexicanas sean ciudadanas.
Es hasta el año pasado, el 30 de noviembre, cuando el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación pone un alto a los partidos políticos y su extraña manía de excluirlas en el registro de candidaturas, primer escalón para llegar a puestos de elección popular. En su sentencia 12 mil 624 afirma que todos los partidos deben postular a 120 mujeres como candidatas a diputadas propietarias, acompañadas por 120 mujeres suplentes y 26 candidatas a senadoras, con suplentes femeninas.
¿Cómo se excluía a las mujeres, si desde 2002 está en el Cofipe que la cuota de género es obligatoria? Muy fácil: con un juego de palabras que cuesta trabajo entender. El artículo 219 numeral 2, del Cofipe: “Quedan exceptuadas de esta disposición las candidaturas de mayoría relativa que sean resultado de un proceso de elección democrático, conforme a los estatutos de cada partido”.
Por cuestión constitucional (artículo 40), no puede haber ningún partido que tenga procesos de selección “antidemocráticos”. Entonces, las candidaturas de mayoría relativa siempre deben ser resultado de procesos democráticos, por lo que, según el art. 219, núm. 2, siempre se puede excluir a las mujeres.
La discriminación es una fuerza parecida a la hidra, ese mitológico monstruo de mil cabezas, serpiente gigante cuyas cabezas volvían a crecer a medida que eran cortadas. Heracles se enfrenta a este monstruo en uno de sus 12 trabajos.
La discriminación es un “mal” que se renueva constantemente y resiste todos los esfuerzos que realizamos para erradicarla. Por eso, la candidatura de Josefina Vázquez Mota es una buena noticia: la militancia del PAN considera que las mujeres son tan capaces como los hombres para ocupar la Presidencia de la República. Ahora, la ciudadanía tendrá que valorar, en igualdad de condiciones, las capacidades de la y los candidatos, para votar por quien consideren con mayores méritos.
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